La Tarifa TUR o Tarifa de Último Recurso es la tarifa de gas natural, regulada por el Gobierno, pensada especialmente para las comunidades de propietarios con calefacción central, agrupaciones de comunidades y empresas de servicios energéticos que entró en vigor el pasado 20 de octubre de 2022.

El RDL 18/2022 ha traído nuevas medidas con el objetivo de proteger a los consumidores de energía y ayudarles a reducir el consumo de gas natural, gracias a una tarifa regulada con precios muy competitivos que se revisan cada tres meses.

En nuestro país, existen dos opciones para contratar la tarifa de gas: el mercado libre y el mercado regulado. En este último es donde estaría la Tarifa de Último Recurso (TUR) y se caracterizan porque tienen fijados unos límites para la subida de los precios, en contraposición a lo que ocurre en el mercado libre. Además, tiene las siguientes características:

  • El precio los fija el Estado y cambia cada tres meses.
  • Para comunidades y empresas el consumo es superior a 50.000 kWh.
  • El contrato se renueva cada 12 meses, pero no tiene permanencia.
  • Solo la ofrecen las comercializadoras reguladas en todo el territorio español.

 

Existen distintos tipos de tarifas de último recurso, dependiendo del consumo anual de la sociedad:

Las tarifas TUR.1 y TUR.2 están dirigidas al cliente final, pero si nos centramos en la que necesitamos para una comunidad de propietarios o un negocio, entonces podemos diferenciar dos tipos:

  • TUR.3: es la tarifa para un consumo superior a los 15.000 kWh al año y que no supere los 50.000 kWh al año. Este rango es habitual para casas con gran consumo o negocios.
  • TUR.4: es la tarifa para un consumo superior a los 50.000 kWh al año, destinadas a comunidades de propietarios con caldera central de gas. Es la llamada TUR de ahorro vecinal.

 

Cómo funciona la Tarifa TUR en comunidades

Para acogerse a esta tarifa de último recurso las comunidades de propietarios tendrán que cumplir una serie de requisitos:

  • La comunidad debe estar al corriente de todas las obligaciones económicas con la actual comercializadora.
  • Los inmuebles deben tener contadores individuales de calefacción o repartidores de costes, a fecha de 30 de septiembre de 2023. Si no se cumple, la penalización será del 25% de coste adicional sobre el término variable o precio de consumo.
  • El edificio tiene que haber superado la inspección de eficiencia energética de manera positiva y tener al día la revisión de la caldera, realizada por un Organismo de Control Autorizado (OCA).
  • Para contratar la tarifa TUR de gas es necesario contactar con algunas comercializadoras reguladas que la ofertan.
  • Disponible para tarifas de acceso RL.1, RL.2, RL.3 y, hasta diciembre de 2023, de la RL.4 a la RL.8.
  • Es independiente de la tarifa PVPC, por lo que se puede contratar el gas dentro del mercado regulado y la luz en el mercado libre o a la inversa.

 

Para solicitar la Tarifa TUR debe hacerlo el presidente de la comunidad de propietarios, un representante de esta que tenga autorización para usar el certificado digital de la comunidad o la persona responsable de la empresa de servicios energéticos que preste sus servicios a la comunidad.

Dicha solicitud debe ser presentada a la comercializadora de último recurso, acompañada de una declaración responsable que certifique el cumplimiento de las condiciones y los requisitos exigidos; el informe de la inspección de eficiencia energética; la autorización de la Dirección General de Política Energética y Minas o un acuerdo de la Junta de Personas Propietarias gracias al cual se ha aprobado la instalación de contadores o repartidores de costes.

Los contratos que tenga la comunidad en vigor con otras operadoras se pueden rescindir para contratar la Tarifa TUR, aunque habrá que abonar la penalización acordada en el contrato si todavía no se ha cumplido el periodo de permanencia mínimo.


Aplicación y cálculo de la Tarifa TUR

El precio de la tarifa TUR de gas se establece a través de subastas del mercado mayorista que se realizan cada 3 meses y están reguladas por el Gobierno. Estas revisiones de precio se realizan los meses de enero, abril, julio y octubre.

La tarifa TUR de gas para las comunidades de vecinos se estructura en dos tramos de precio, en función del consumo:

  • Primer tramo: es el más económico y se aplica en función del consumo medio realizado en la comunidad durante los últimos 5 años, dato que facilita la distribuidora.
  • Segundo tramo: es un 25% más caro y se aplica a todo lo que supere ese consumo medio.

 

La Tarifa de Último Recurso para las comunidades se calcula de acuerdo con la metodología aprobada siguiendo la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, empleando el peaje de red local (RL 4 a RL 8) que corresponde al consumo anual de la comunidad.


Ventajas y desventajas de la Tarifa TUR

Según datos de la OCU los precios de la Tarifa TUR son cerca del 50% más baratos que los que ofrecen las comercializadoras del mercado libre, y aunque pueda hacer subidas trimestrales, se prevé que esta tarifa siga siendo igual de competitiva.

Además, el hecho de contar con contadores individuales de la calefacción central hace que cada usuario tome conciencia de su coste ya que paga por la energía que consume y eso supondrá un importante ahorro en las facturas energéticas de la comunidad.

Si tenemos en cuenta que la calefacción supone el gasto más importante de una comunidad, llegando en ocasiones al 60% del presupuesto anual, con la Tarifa TUR y los contadores individuales podemos estar ante un ahorro del 30% en la factura energética de la comunidad.

Además, esta tarifa regulada de último recurso cuenta con otras ventajas:

  • Precio regulado
  • Es el mismo precio en todas las compañías
  • No hay permanencia
  • No existe la obligación de un mantenimiento asociado a la tarifa

 

Y entre sus desventajas, podemos señalar las siguientes:

  • El precio cambia cada tres meses y eso puede provocar cierta incertidumbre
  • Imposibilidad de contratar servicios de mantenimiento
  • No hay promociones ni descuentos

 

Limitaciones y restricciones

La Tarifa TUR tiene algunas limitaciones como el hecho de solo puede contratarse a través de comercializadoras de referencia, reconocidas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y cumpliendo una serie de requisitos que hemos visto anteriormente.

Además, este tipo de tarifa se caracterizan porque tienes establecidos unos límites para la subida de los precios, a diferencia de lo que ocurre en el mercado libre.

Igualmente, existe un límite de consumo, el cual debe ser menos o igual a la media de los últimos 5 años del mismo periodo de facturación. Si se supera dicho límite, existe una penalización del 25% de coste adicional sobre el término variable o precio de consumo para la cantidad que se haya excedido.

Además, se penalizará también con el 25% a aquellas comunidades de propietarios que a fecha del 1 de octubre de 2023 no hayan remitido a su comercializadora el certificado de instalación de contadores o repartidores de costes.

Y una de las limitaciones más importantes que debemos tener en cuenta, es que la Tarifa TUR4 pensada especialmente para las comunidades de propietarios, sólo estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre de 2023.

Por tanto, las agrupaciones de propietarios que tengan contratada esta tarifa tendrán que contratar el suministro, a partir del 1 de enero de 2024, con alguna de las comercializadoras que operan en el mercado libre.

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