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¿Por qué me han cortado el gas? ¿pueden hacerlo sin avisar?

- Energía y Actualidad

¿Por qué me han cortado el gas? ¿pueden hacerlo sin avisar?

hombre con cara de sorpresa se pregunta por que le han cortado el gas

Si tienes suministro de gas en tu hogar, es probable que hayas sufrido en algún momento un corte, o puede que incluso lo estés sufriendo en este momento. ¿Sabes a qué se debe, y en qué momentos la distribuidora tiene obligación o no de hacerte llegar antes un previo aviso?

 

Motivos de un corte de gas

Existen diferentes motivos por los que te pueden cortar el suministro de gas. Los más comunes son:

  • Por mantenimiento y revisión del sistema. Ya sea por una reparación en algún punto, o para mejorar el suministro.
  • Para arreglar averías.
  • Por motivo de impago. Es decir, cuando el cliente no ha abonado correctamente su factura de gas.
  • Por no contar la instalación con los permisos pertinentes o las autorizaciones necesarias.
  • Por manipulación ilegal del equipo.
  • Por hacer un mal uso del mismo.
  • Por ser considerada la instalación peligrosa.
  • Por enganche o trucaje ilegal.
  • Por no permitir la entrada del personal autorizado para revisión.

 

¿Quién efectúa el corte de suministro?

El corte del suministro de gas lo lleva a cabo tu compañía distribuidora correspondiente y, si el problema se soluciona, es la misma distribuidora quien lo vuelve a poner en marcha. De todas formas, si la causa de la interrupción es por impago, el aviso te lo hace llegar la comercializadora con la que tengas contratado el gas.

 

Suspensión del suministro por impago, ¿me tienen que avisar?

Como te comentamos, existen situaciones y motivos por lo que pueden cortarte el gas sin avisarte. Cuando procede un aviso, se suele llevar a cabo de la siguiente manera:

  • Tu distribuidora o comercializadora, la que corresponda, te hará llegar una notificación, como mínimo, 6 días laborables antes del corte.
  • Esta tiene que incluir de manera expresa la fecha en la que se realizará y los motivos.
  • El destinatario del aviso puede recurrir en máximo 6 días hábiles a la administración oportuna de su comunidad autónoma. Esta cuenta con 20 días laborables para resolverla. Si no existe resolución, se desestima la causa. En el caso de que se recurra, el corte no se efectuará, de ser el caso, hasta que termine todo el proceso.

 

¿Pueden cortarme el gas en un día festivo?

No, no te pueden cortar el gas en un día festivo, o durante un día en el que no haya servicio de atención al público. Tampoco se puede llevar a cabo si el último día de pago es víspera de festivo. En estos casos, todo se traslada y efectúa a la siguiente jornada hábil que corresponda.

 

Suspensión por causas de fuerza mayor, ¿notifican en este caso?

Sí, en todo caso, la distribuidora debe de notificarte el corte de gas. A no ser que sea un caso de urgencia que ponga en peligro infraestructuras o la salud y vida de las personas, la empresa distribuidora debe:

  • Informar al menos con 6 días hábiles de antelación a los titulares del suministros, así como a las comercializadoras que se encarguen del servicio.
  • En esta notificación tienen que aparecer la causa del corte del suministro, la fecha en la que se realizará la interrupción, y la fecha en la que volverá a ponerse en marcha, si procede.
  • La distribuidora siempre tiene que hacer saber a las personas afectadas y comercializadoras la reanudación del suministro, si es que vuelve a ponerse en marcha. Para ello debe hacer uso de los medios que considere más adecuados.

 

Recuerda que la revisión de gas natural es obligatoria

No te puedes olvidar de que la revisión e inspección del gas es obligatoria. Hay que realizarla de manera asidua cada 5 años. Esta solamente puede y debe llevarse a cabo por personal autorizado para ello y cualificado. Puedes contratar un servicio de terceros, o bien hacer uso del que ofrece la propia distribuidora. Si no realizas estas revisiones, o no dejas al técnico entrar para que lleve a cabo la inspección, se te podrá interrumpir el suministro de gas.

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¿Cuánto tiempo se tarda en reconectar el gas?

Tras solucionar el inconveniente por el que había sido cortado el gas, el suministro debe ser puesto de nuevo en marcha en un plazo máximo de 48 horas. A excepción, por supuesto, de las situaciones en las que el plazo para abonar el dinero correspondiente o ponerle solución al problema haya finalizado.

 

Interrupción del suministro de gas natural sin aviso previo

La interrupción del suministro del gas sin previo aviso solo se realiza en casos externos. Es decir, en los que la instalación pone en peligro la vida de los usuarios. Por ejemplo, por riesgo de explosión. En los demás casos, es obligatorio hacer llegar a los titulares un previo aviso. De no ser así, el propietario tiene derecho a solicitar una indemnización. También se puede producir, como es lógico, si sucede una avería imprevista.

 

¿Cómo saber si es un corte de gas por avería?

¿Has sufrido un corte de gas y no tienes claro que se deba o no a una avería? Si es así, te recomendamos seguir una serie de pasos para comprobarlo:

  • Comprueba si tus vecinos tampoco tienen gas, o, por el contrario, sí.
  • Si no tienen gas, lo probable es que se trate de una avería. Si es así, lo mejor que puedes hacer es llamar al número de Emergencias Red de Gas, que aparecerá reflejado en tu factura.
  • Si tienen gas, chequea que tienes abierta la llave de paso. Si está abierta, puede que estés sufriendo una avería o problema en tu propia instalación. Si sospechas esto, ponte en contacto con el servicio técnico para que revisen tu sistema.

 

¿Puedo pedir indemnización a la distribuidora por un corte de gas?

Todas las personas que hayan sufrido un corte de gas sin aviso previo, tienen derecho a solicitar una indemnización de tipo económica. La cantidad de dinero correspondiente depende del caso del que se trate, así como del tiempo que haya sido cortado el suministro.

En general, la indemnización suele ser del 10% cuando se corta por menos de 5 horas; si es entre 5 horas y un día, pasa a contar como dos interrupciones. Cuando ocurre más de un día, sería equivalente a tres cortes. En todo caso, la indemnización no puede ser de más del 50%. Por otro lado, los gastos derivado del corte son responsabilidad de la distribuidora.

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