Condiciones generales de la promoción Factura Digital
SORTEO DE 1 PREMIO TRIMESTRAL CONSISTENTE EN 1 AÑO GRATIS DE ENERGÍA
La empresa TotalEnergies Clientes SAU, S.A. en adelante las Comercializadora, organiza con fines promocionales del servicio de factura digital cuatro sorteos trimestrales de 1 premio cada uno consistente en un año gratis de energía.
1ª.- Los clientes de la Comercializadora que tengan de alta el servicio gratuito de factura digital y tengan al menos un contrato en vigor, participarán en el sorteo trimestral que se realizará en marzo, junio, septiembre y diciembre de 2025.
2ª.- Los premios de la presente promoción consistirán en un año de energía gratuito, considerándose a tales efectos los consumos contenidos en las facturas emitidas entre el 1 de julio 2025 y el 30 de junio de 2026 para los sorteos celebrados en marzo y junio 2025, y del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026 para los sorteos que se celebren en septiembre y diciembre 2024, todo ello hasta completar 1 año natural de facturación o alcanzar el límite económico máximo del premio, de acuerdo a los siguientes límites: · 600 € por premio, en el caso de consumos de energía eléctrica. · 1.200 € por premio, en el caso de consumos duales de energía eléctrica y de gas. · 600 € por premio, en el caso de consumos de gas. No se hará ningún reembolso en metálico del valor del premio.
3ª.- Los sorteos se realizarán en las siguientes fechas: 14 de marzo 2025, 6 de junio 2025, 12 de septiembre 2025 y 12 de diciembre 2025.
4ª.- En los sorteos participarán los clientes, personas físicas (se excluyen empresas), que el día anterior a la celebración del sorteo, tuvieran dado de alta el servicio gratuito de factura digital y, al menos, un contrato en vigor con la Comercializadora.
5ª.- Para llevar a cabo el sorteo se utilizará un programa informático de cálculo de números aleatorios (http://www.generarnumerosaleatorios.com/) disponible en un ordenador donde también se encontrará cargada la base de datos de participantes.
6ª.- Se extraerán 3 números aleatorios entre todos los participantes, siendo el primero de ellos el premiado, y los 2 restantes los suplentes.
7ª.- El resultado del sorteo se publicará en la página www.totalenergies.es, sin perjuicio de lo cual se comunicará telefónicamente a los ganadores la obtención del premio, siendo imprescindible para disfrutar del mismo, acreditar su identidad previamente mediante envío de su DNI o documento de identificación legalmente válido al correo electrónico [email protected].
8ª.- El cliente agraciado con el premio deberá indicar el punto de suministro, de los que se tengan contratados, en el cual quiere que se aplique el premio de gratuidad obtenido.
9ª.- Si en el plazo de 7 días laborables desde que la Comercializadora hayan intentado ponerse en contacto con el ganador conforme a las presentes Bases no fuese posible localizar al agraciado, éste perderá el derecho al premio pasando a corresponder el mismo al primer reserva, y así sucesivamente, pudiendo, en su caso, quedar desierto el mismo.
10ª.- Una vez localizado al agraciado, si en el plazo de 10 días laborales no envía su DNI o documento de identificación legalmente válido, perderá el derecho al premio, pasando el premio al siguiente reserva, pudiendo quedar desierto el mismo.
11ª.- Cada ganador sólo podrá recibir un premio de los descritos en la base 2ª, aún en el caso de suscribir más de un contrato con factura digital.
12ª.- Para tener derecho al premio el participante deberá encontrarse al corriente de pagos en todos los contratos formalizados en la Comercializadora en los que figure como titular. Asimismo, deberá mantener el servicio gratuito de factura digital activado durante todo el tiempo que disfrute del año de energía gratis. La Comercializadora podrá descalificar a aquellos que le conste no cumplen los requisitos en el momento de realización del sorteo. En caso de que durante el plazo en que esté disfrutando del premio, la Comercializadora constataran que el premiado no cumple con los requisitos, podrán dar por finalizado el premio y quedarían liberadas del cumplimiento de la obligación contraída con el premiado.
13ª.- La participación en esta promoción supone autorización de uso a la Comercializadora del nombre e imagen de los participantes agraciados, en caso de que la Comercializadora lo requiriesen en comunicaciones publicitarias o de índole periodística respecto de la promoción.
14ª.- La simple participación supone la aceptación de estas bases en su totalidad, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptarlas, implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, la Comercializadora quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.
15ª.- La Comercializadora se reservan el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones de la presente promoción, incluso la posible anulación antes de la fecha de cierre de la misma, siempre que hubiera causa justificada, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones, o, en su caso, su anulación definitiva.
16ª.- Asimismo, se informa al interesado que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, así como su derecho a la portabilidad de sus datos, a través de la dirección de correo electrónico [email protected] comunicándolo por escrito a la Comercializadora, a la siguiente dirección: Plaza de los Ferroviarios, 1, 33012 Oviedo, indicando la referencia “sorteo 1 año energía gratis”. Del mismo modo, cuando el interesado considere que las Comercializadoras han vulnerado los derechos que le son reconocidos por la normativa aplicable en protección de datos, podrá reclamar ante el Delegado de Protección de Datos ([email protected]) o ante la Agencia Española de Protección de Datos.
17ª.- Quedan excluidos de esta promoción los empleados de la Comercializadora y aquellas personas que mantengan una relación laboral, directa o indirecta, con alguna de las empresas del Grupo.
18ª Estas bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Oviedo.